El pasaporte COVID en España: once CC.AA., Ceuta y Melilla exigen certificado para locales interiores y otras actividades

El incremento de los contagios de COVID-19 durante el otoño en España está llevando a cada vez más comunidades autónomas a exigir el pasaporte COVID para entrar en locales de ocio nocturno y restauración o para acceder a determinados servicios.

Andalucía, Aragón, Asturias Canarias, Baleares, Cataluña, Comunidad Valenciana, Murcia, Navarra, País Vasco, La Rioja, Melilla y Ceuta exigen pasaporte COVID. Cantabria lo ha mantenido durante 40 días para ya lo ha eliminado.

Tras la retirada de buena parte de las restricciones que se levantaron antes del verano a medida que avanzaba la vacunación y se reducía la incidencia de la enfermedad, el certificado COVID se convirtió en una de las medidas, junto con las mascarillas y la distancia de seguridad, con la que los Gobiernos autonómicos buscan atajar el aumento de los casos.

01.27 minEspaña se va de puente con una incidencia superior a 230 y siete CCAA pidiendo pasaporte COVID

El objetivo último es evitar reintroducir restricciones que no solo afectarían a la actividad económica, sino que resultarían impopulares en una ciudadanía que ya atisbaba el final de la pandemia. De ahí que se recurra al pasaporte COVID, el documento que acredita que una persona tiene la pauta completa de vacunación contra el coronavirus o ha superado la infección en el último medio año, si bien también se permite constatar que no se está contagiado con una prueba diagnóstica (PCR o antígenos) realizada en los días previos. Esta es su implantación por comunidades autónomas.

Andalucía

Desde el 7 de diciembre, Andalucía exigía el pasaporte COVID para entrar en hospitales y centros sociosanitarios como las residencias de la tercera edad. Posteriormente, la Junta pidió permiso para extender su uso en los locales de restauración y ocio nocturno, pero el TSJ de Andalucía lo rechazó porque la petición del Gobierno autonómico no diferenciaba entre usarios y trabajadores.

Tras modificarse la petición, accedió a la ampliación, por lo que, a partir del 20 de diciembre y hasta el 31 de enero, se exige también el certificado COVID para el acceso de los usuarios a los espacios interiores de establecimientos de hostelería y ocio nocturno, sin incluir a trabajadores ni a los menores de 12 años.

Aragón

El pasaporte COVID es obligatorio para acceder a locales de ocio nocturno a cualquier hora si el aforo es igual o superior a 50 personas y a partir de las 21:00 horas si es inferior. También se exige en celebraciones en bares y restaurantes con más de 10 asistentes, lo que incluye bodas, bautizos, comuniones, etc...; salones de juegos y apuestas con una aforo de 50 personas o más; eventos de más de 500 personas en interiores y de mil en exteriores; y en hospitales y residencias.

Asturias

Asturias levantará la exigencia del pasaporte COVID el viernes 28 de enero, cuando abra también el interior del ocio nocturno. Hasta entonces es obligatorio para entrar a establecimientos de hostelería y restauración, gimnasios, cines y teatros si se permite comer o beber, y a residencias de la tercera edad.

Baleares

El pasaporte COVID en España: once CC.AA., Ceuta y Melilla exigen certificado para locales interiores y otras actividades

El pasaporte COVID es obligatorio para acceder a los locales de ocio nocturno y a todos los de hostelería y restauración independientemente de su aforo; a residencias de la tercera edad; celebraciones, congresos, seminarios y similares; establecimientos turísticos con habitaciones compartidas; cines y otros espacios culturales; gimnasios; establecimientos de juego y apuestas; competiciones y entrenamientos de ámbito autonómico y al aire libre; acontecimientos deportivos.

El TSJ de las Illes Balears ha avalado también que los sanitarios tengan que presentar pasaporte COVID para acreditar que están vacunados o, de lo contrario, someterse a tres pruebas semanales, dos de ellas PCR.

Canarias

El pasaporte COVID es obligatorio en las islas en nivel 3 y 4 para acceder a bares, restaurantes y locales de ocio nocturno de más de 30 personas de aforo; cines y teatros de más de 50 o de menos si se permite comer y beber; eventos culturales o deportivos de más de 500 personas o de menos si se permite la ingesta de alimentos; gimnasios, hospitales y residencias.

En las islas en nivel 1 y 2, la exigencia del certificado COVID es voluntaria para operar con menos restricciones: con las del nivel 1 en el caso de las islas en nivel 2 o sin límites de aforo y horarios en el caso de las islas en nivel 1.

Además, el Gobierno canario exige a los viajeros nacionales que quieran entrar en el archipiélago el certificado de vacunación, una prueba diagnóstica negativa o el certificado de haber pasado la enfermedad en los seis meses previos desde el pasado 1 de diciembre.

Cantabria

Cantabria ha eliminado el pasaporte COVID el miércoles 19 de enero después de mantener la medida durante 40 días para acceder al interior de establecimientos e instalaciones cubiertas donde esté autorizada la venta de bebidas y comidas por un periodo de 40 días. Incluía los bares, restaurantes, pubs y discotecas, pero también cines y teatros si se permite la ingesta de alimentos.

Castilla-La Mancha

El Gobierno de Castilla-La Mancha ha señalado que no ve "necesario" exigir el pasaporte COVID.

Castilla y León

La Junta de Castilla y León descartado implantar el pasaporte COVID en la Comunidad tras analizar el informe de expertos en el que ha habido "serias controversias" de los expertos ante las dudas que genera su utilidad al no haber conseguido detener la incidencia en otras comunidades y países. En su lugar, se llevará a cabo una campaña para apelar a la responsabilidad de los ciudadanos y todos los sectores laborales.

Cataluña

El 3 de diciembre, Cataluña extendió la exigencia del certificado COVID -que ya estaba en vigor para entrar a los locales de ocio nocturno- al interior de bares y restaurantes, gimnasios y centros deportivos, celebraciones con baile en recintos cerrados, festivales de música de pie en interiores y visitantes de residencias de personas mayores. Sin embargo, el ocio nocturno cerrará del todo a partir del 24 de diciembre.

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha autorizado la prórroga que le pidió el Govern para mantener durante 14 días, hasta las puertas de la Navidad, la exigencia del pasaporte COVID. Este dejará de estar en vigor a partir de este jueves 27 de enero, después de la decisión del Govern.

Comunidad Valenciana

Hasta el 31 de enero, el pasaporte COVID es obligatorio para entrar en bares, restaurantes y locales de ocio nocturno; espacios abiertos o cerrados, cines, etc. donde se pueda comer o beber; gimnasios y piscinas cubiertas; y hospitales y residencias de la tercera edad.

Extremadura

El Gobierno extremeño asegura que "de momento" no está prevista la implantación de la medida en su territorio aunque estudiaría "alguna decisión al respecto" en función de cómo vaya la administración de las terceras dosis.

Galicia

En Galicia, de momento, es necesario el pasaporte COVID para el acceso a restaurantes y a locales de ocio nocturno, así como en bares y cafeterías. También en hospitales, gimnasios, instalaciones deportivas cerradas, piscinas cubiertas, residencias de mayores y eventos multitudinarios, incluyendo los que tengan más de 200 personas de aforo en interior y que vendan alimentos o bebidas.

La Rioja

El Gobierno de La Rioja ha implantado, con el respaldo de la justicia, el pasaporte COVID para acceder al ocio nocturno, a los restaurantes, a hospitales, a residencias, a salas de fiestas, bingos, hoteles, albergues y a eventos al aire libre para más de mil personas cuando se consuma comida o bebida. También en espacios interiores, salvo los eventos deportivas que cuenten con actuaciones ya recogidas por el Ministerio de Sanidad.

Madrid

Por el momento, la Comunidad de Madrid no considera necesario adoptar el certificado COVID, aunque, según recoge Europa Press, están "vigilantes" ante la evolución de la pandemia.

Murcia

​La justicia ha avalado la petición del Gobierno murciano de que sea obligatorio presentar el certificado COVID, una PCR o un test rápido de antígenos de las últimas 72 horas para entrar en locales de ocio nocturno. En bares y restaurantes será voluntario para ampliar hasta el 75 % el aforo interior.

Hasta ahora, el Ejecutivo de la Región solo había introducido el pasaporte COVID, con carácter voluntario, en salones de celebraciones y locales de ocio nocturno que quisieran operar con el 100 % de su aforo, siempre y cuando el municipio se encuentre en nivel de alerta sanitaria bajo o medio.

Navarra

El pasaporte COVID se exige para entrar en bares, restaurantes y locales de ocio nocturno, salas de conciertos, eventos multitudinarios en interiores -excepto los deportivos- alojamientos turísticos, gimnasios, bingos y salas de juego.

La comunidad cuenta con un sistema online para obtener el pasaporte COVID sin necesidad de acudir presencialmente con el número CIPNA (que figura en la Tarjeta Individual Sanitaria o TIS) y la fecha de nacimiento. Antes de realizar la gestión por el nuevo sistema, activo desde el 17 de diciembre, resulta recomendable que el usuario se asegure de no estar ya dado de alta en Carpeta Personal de Salud, en cuyo caso no sería necesaria esta nueva vía.

País Vasco

El País Vasco exigía el pasaporte COVID para acceder al ocio nocturno y a los restaurantes con aforo para más de 50 personas después del aval del Tribunal Supremo, pero a partir del 15 de diciembre lo ha extendido a todos los establecimientos hosteleros, conciertos, gimnasios, recintos deportivos cerrados, hospitales, residencias y prisiones.

Ceuta

El TSJ de Andalucía avala el pasaporte COVID para hospitales, residencias, ocio nocturno y restauración en locales de más de 50 clientes.

Melilla

La Consejería de Políticas Sociales, Salud Pública y Bienestar Animal de la ciudad autónoma ha obtenido la ratificación del Tribunal Superior de Justicia para aplicar el pasaporte COVID en el interior de la hostelería y dentro y fuera de los locales de ocio nocturno o de aquellos en los que se realicen actividades como baile, música sin o con disc-jockey o karaoke.

También será necesario para visitas y acompañamiento de pacientes en establecimientos, centros hospitalarios y residencias, así como en las visitas a centros penitenciarios.